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Cambios en el Manejo de las Cesantías: Lo que Trae la Ley 2466 de 2025

María José Galeano
María José Galeano Hernández & Abogados · 10 de marzo de 2026

La Ley 2466 de 2025 introdujo cambios importantes en el manejo de las cesantías en Colombia. Conozca cuándo es posible retirarlas y si estas pueden pagarse directamente al trabajador.

¿Qué cambió con la Ley 2466 de 2025?

Las cesantías son una de las prestaciones sociales más relevantes del sistema laboral colombiano. Constituyen un ahorro forzoso del trabajador, equivalente a un mes de salario por cada año de servicios, y su manejo está sujeto a reglas estrictas tanto para empleadores como para trabajadores.

Con la expedición de la Ley 2466 de 2025, el legislador introdujo modificaciones importantes en las condiciones para el retiro y pago de las cesantías, generando dudas frecuentes entre empleadores y trabajadores sobre su correcta aplicación.

¿Cuándo se pueden retirar las cesantías?

La normativa vigente establece causales específicas que permiten el retiro parcial o total de las cesantías antes de la terminación del contrato de trabajo. Entre las más relevantes se encuentran:

  • Adquisición de vivienda: compra de vivienda, lote o construcción.
  • Mejora de vivienda: remodelación, ampliación o reparación de la vivienda del trabajador.
  • Educación: pago de matrículas en instituciones de educación superior para el trabajador, su cónyuge o hijos.
  • Pago de créditos hipotecarios: abono a capital o intereses de créditos de vivienda.

¿Pueden pagarse directamente al trabajador?

Una de las dudas más frecuentes es si las cesantías pueden consignarse directamente al trabajador. La Ley 2466 de 2025 permite que, bajo ciertas causales específicas, las cesantías puedan ser pagadas directamente al trabajador sin necesidad de intermediación del fondo de cesantías.

Sin embargo, esta posibilidad no es automática. Para que proceda el pago directo, el trabajador deberá acreditar que cumple con las causales legales establecidas. El empleador que pague cesantías directamente sin verificar el cumplimiento de los requisitos legales podría enfrentar sanciones.

Errores comunes de los empleadores

  1. No consignar las cesantías oportunamente: el plazo para la consignación al fondo es el 14 de febrero de cada año. El incumplimiento genera una sanción moratoria de un día de salario por cada día de retardo.
  2. Pagar cesantías directamente sin verificar causales: el pago directo solo procede en los casos expresamente autorizados por la ley.
  3. No solicitar los soportes documentales: el empleador debe exigir los documentos que acrediten la causal de retiro antes de autorizar cualquier pago.

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