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Protección al Consumidor

Defensa de derechos del consumidor, reclamaciones ante la SIC y resolución de disputas.

La normativa de protección al consumidor (Estatuto del Consumidor — Ley 1480 de 2011) es uno de los frentes regulatorios con mayor sanción económica para empresas en Colombia. Asesoramos a empresas en la estructuración preventiva de sus políticas de garantía, publicidad, comercio electrónico y datos personales, y asumimos la defensa ante reclamaciones y procesos sancionatorios de la SIC.

Cumplimiento preventivo del Estatuto del Consumidor

Revisamos políticas de garantía, etiquetado, información al consumidor, publicidad, comercio electrónico y servicio postventa. Estructuramos los protocolos internos para que la empresa cumpla la Ley 1480 de 2011 y evite multas que pueden llegar hasta 2.000 SMLMV por infracción.

Defensa ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)

Asumimos representación en procesos sancionatorios de la SIC por reclamaciones de consumidores: productos defectuosos, publicidad engañosa, garantías incumplidas, cobros no autorizados, devoluciones, derecho de retracto. Estrategia centrada en evitar sanciones y proteger la reputación corporativa.

Comercio electrónico y derecho de retracto

Estructuramos términos y condiciones, política de privacidad, política de tratamiento de datos personales, política de garantías y devoluciones para empresas con canal digital. Cumplimiento del derecho de retracto (5 días hábiles, Art. 47 Ley 1480) y normas sobre ventas a distancia.

Habeas Data y protección de datos personales

Cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 y Decreto 1377 de 2013: política de tratamiento de datos, autorizaciones, registro de bases de datos en RNBD ante la SIC, atención de consultas y reclamos de titulares, atención de incidentes de seguridad y notificaciones a la SIC.

Publicidad y prácticas comerciales

Asesoría en cumplimiento de normas de publicidad veraz, comparativa, engañosa y subliminal. Revisión de campañas antes de lanzamiento, atención de reclamos de competidores, defensa ante investigaciones de la SIC por publicidad engañosa.

Casos que manejamos

  • Defensa de empresas ante investigaciones administrativas de la SIC
  • Estructuración de políticas de garantía y términos y condiciones
  • Cumplimiento de habeas data y registro RNBD
  • Auditoría de cumplimiento del Estatuto del Consumidor
  • Defensa frente a demandas por publicidad engañosa
  • Asesoría en políticas de devolución y derecho de retracto
  • Manejo de incidentes de seguridad de datos personales

Empresas que atendemos

Conocemos las particularidades regulatorias de cada sector empresarial.

Comercio y retail

Cadenas, tiendas, marketplaces. Garantías, devoluciones, publicidad, derechos de retracto.

E-commerce y ventas digitales

Tiendas online. Términos y condiciones, derecho de retracto, datos personales, comercio electrónico.

Industria de consumo masivo

Productos de aseo, alimentos, bebidas. Etiquetado, publicidad, garantías, vida útil.

Servicios financieros y telecom

Bancos, seguros, telecomunicaciones. Información al consumidor, contratos de adhesión, PQRS.

Salud y farmacéutico

Productos sanitarios, medicamentos, dispositivos. Información veraz, publicidad regulada.

Firma de protección al consumidor empresarial en Colombia

Defensa empresarial frente a reclamaciones de consumidores, procesos sancionatorios de la SIC y cumplimiento integral del Estatuto del Consumidor. 14 años de experiencia con empresas del Caribe colombiano.

Abogado para defensa ante la SIC

Representación en procesos administrativos por reclamaciones de consumidores, publicidad engañosa, incumplimiento de garantías, devoluciones y datos personales. Foco en evitar sanciones y proteger la reputación corporativa.

Cumplimiento de habeas data para empresas

Estructuración integral de cumplimiento de la Ley 1581 de 2012: política de tratamiento, autorizaciones, registro RNBD, atención de incidentes de seguridad. Auditoría de cumplimiento en 6-10 semanas.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan los empresarios sobre protección al consumidor.

¿Qué multas puede imponer la SIC a una empresa por incumplir el Estatuto del Consumidor?
Hasta 2.000 SMLMV por infracción (artículo 61 de la Ley 1480 de 2011), multas a administradores hasta 300 SMLMV, prohibición temporal o definitiva de operación, cierre del establecimiento y, en casos graves, denuncias penales. La SIC publica los nombres de empresas sancionadas, lo que afecta reputación y marca empleadora.
¿Cómo defenderse de una reclamación de consumidor ante la SIC?
Responder dentro del plazo legal (15 días hábiles), aportar prueba documental del cumplimiento de la garantía o del producto, demostrar buena fe comercial y, cuando sea procedente, ofrecer arreglo directo con el consumidor antes del fallo. Una respuesta mal estructurada o tardía es la principal causa de sanciones evitables.
¿Mi empresa de e-commerce debe permitir devoluciones de cualquier producto?
El derecho de retracto aplica para ventas a distancia (Art. 47 Ley 1480) durante 5 días hábiles desde la entrega, con excepciones específicas (productos personalizados, perecederos, software, contenido digital descargado). Estructuramos política de devoluciones que cumple la norma sin exponerse a abusos.
¿Qué exige la SIC para la política de tratamiento de datos personales?
La Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013 exigen: política de tratamiento publicada y accesible, autorización previa e informada del titular, registro de bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD) cuando aplique, mecanismos de consulta y reclamos del titular, designación de oficial de protección de datos, atención de incidentes de seguridad. Estructuramos cumplimiento integral en 6-10 semanas.
¿Cuándo se considera publicidad engañosa según la SIC?
Publicidad que induzca o pueda inducir a error al consumidor sobre cualidades, características, origen, precio o condiciones del producto (Art. 30 Ley 1480). Incluye omisión de información relevante, comparaciones no verificables, referencias a estudios sin sustento científico verificable y testimonios sin disclosure. Revisamos campañas antes de lanzamiento para minimizar riesgo regulatorio.
¿Cómo manejar un incidente de seguridad con datos personales?
El Decreto 1377 de 2013 exige notificar a la SIC en plazo razonable (interpretado típicamente como 24-72 horas según gravedad), informar a los titulares afectados cuando aplique y documentar las medidas correctivas tomadas. Acompañamos en la respuesta al incidente, redacción de comunicaciones y manejo del riesgo reputacional.
¿Cobertura geográfica para asesoría en protección al consumidor?
Atendemos empresas en todo el Caribe colombiano y operación nacional desde nuestra sede en Barranquilla. Para empresas con operación e-commerce, asesoría 100% remota. Para procesos sancionatorios SIC presenciales, representación en oficinas regionales.
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